Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria. 2007. SAGPyA.
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Orgánica, Trazabilidad, Identificación
Información útil acerca de la puesta en marcha del Sistema Nacional de Identificación de Ganado Bovino
El gobierno nacional dispuso mediante la resolución 103/2006 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos (Sagpya) ampliar a todo el rodeo nacional la identificación individual, a partir del caravaneo de los terneros machos y hembras que se incorporen cada año, hasta que queden identificadas el ciento por ciento de las existencias bovinas.
Desde el 1 de enero de 2007 la identificación será un requisito obligatorio para el movimiento de terneros y terneras con cualquier destino. Por lo tanto, los productores bovinos deben concurrir al Senasa local para ampliar los datos del Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (Renspa) y obtener la Clave única de Identificación Ganadera (CUIG).
La Sagpya asignó al Senasa la coordinación de los aspectos técnicos y operativos necesarios para el cumplimiento de esta tarea. En tal sentido, la resolución Senasa 754/2006 crea la CUIG, que identifica individualmente a los productores pecuarios tenedores de ganado bovino del país. El número asignado es indispensable para conformar la identificación de cada animal en las caravanas. Quienes no tengan esta clave no podrán mover terneros a partir del 1 de enero de 2007.
El gobierno pone en marcha de esta manera las recomendaciones de la Comisión Nacional Asesora de Trazabilidad de Animales en Pie, que aconsejó la identificación obligatoria del rodeo bovino a partir de 2006.
PROCEDIMIENTO para la identificación DEL GANADO BOVINO




Procedimiento de identificación
El productor se presenta en la oficina local del Senasa de su jurisdicción para solicitar su Clave única de Identificación Ganadera (CUIG) por única vez. Para efectuar el trámite deberá actualizar sus datos en el Renspa. Luego recibe una credencial que le será requerida siempre que realice un trámite en el Senasa.
Nombre y apellido
Dirección del establecimiento
Teléfono y Email
Documento de Identidad
Constancia de CUIT
Condición de tenencia de la tierra: propietario del establecimiento - contrato de tenencia de animales - arrendatario - otros.
Superficie total del establecimiento
N° de potreros
Cantidad de mangas (con o sin cepos)
Período de servicio
Stock de animales de todas las especies
♦ RENSPA: Registro Nacional Sanitario del Productor Agropecuario
♦ CUIG: Clave única de Identificación Ganadera
♦ Código verificador
♦ Titular - Razón Social
♦ Nombre del Establecimiento
Tipo de actividad (cría, invernada, tambo, etc.)
La credencial entregada por el Senasa permite comprar las caravanas (tarjeta y botón-botón) en el proveedor habitual.
Verificar la entrega de las caravanas de a pares (tarjeta y botón -botón) junto con las "Planillas de identificación de bovinos".
Identificar con caravana tarjeta (oreja izquierda) y botón-botón (oreja derecha), todos los terneros y terneras al destete o previo a su traslado.
Colocadas las caravanas, completar las planillas tachando o completando los datos allí solicitados.
Entregar en la oficina local de Senasa correspondiente los originales de las planillas y archivar como resguardo el duplicado firmado y sellado en la carpeta del establecimiento.
Caravanas
Para disminuir pérdidas y roturas, las caravanas deben responder a parámetros de calidad establecidos en la Resolución 754/06 y certificadas por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI).
Las caravanas podrán ser de color amarillo, verde, celeste o rojo.
♦ Las caravanas de color amarillo corresponden a animales dentro de la zona de vacunación contra la fiebre aftosa.
♦ Las caravanas de color verde corresponden a animales en zonas sin vacunación contra la fiebre aftosa.
♦ Las caravanas de color celeste corresponden a animales reidentificados.
♦ Las caravanas de color rojo (uso oficial) corresponden a animales importados.
· Amarillo: Zona con vacunación contra la fiebre aftosa.
· Verde: Zona sin vacunación contra la fiebre aftosa.
· Rojo: Animales importados.
· Celeste: Caravana de reidentificación.
Bovinos con destino faena UE
No existen modificaciones en la documentación para los establecimientos inscriptos a la Unión Europea (Resolución 15/03 y 391/03). Al comprar las nuevas caravanas oficiales observará que son diferentes a las anteriores.
El productor puede utilizar las caravanas oficiales que compró con anterioridad, lo que no puede es mover esta categoría sin identificar. En la próxima compra adquirirá las nuevas caravanas.
Los animales ya identificados mantendrán la misma identificación.
Procedimiento de reidentificación
La pérdida de las dos caravanas hace perder por completo la identificación y la trazabilidad del animal. Perder una de las dos caravanas pone en riesgo la pérdida de la segunda, con la inmediata pérdida de información.
Ante la pérdida de alguna de los dos dispositivos originales (tarjeta o botón -botón), el productor debe reidentificar sus teneros con caravanas de color celeste y de a pares.
Los productores que adquieran terneros identificados con caravanas de color verde o amarillo, ante la pérdida de alguna de las dos, deberán reidentificar con caravanas de color celeste (tarjeta y botón-botón) y retirar el dispositivo restante, entregándolo en la oficina local.
El productor debe colocar las caravanas de color celeste y completar las planillas. Luego, entregar los originales en la oficina local del Senasa y archivar el duplicado en la carpeta del establecimiento como resguardo.
El original de la Planilla de Reidentificación de Bovinos y el dispositivo restante, debe acercarlos a la oficina local de su jurisdicción.

-La resolución 103/2006 de la Sagpya, que crea el Sistema Nacional de Identificación del Ganado Bovino, establece la identificación individual obligatoria de los terneros al destete o previo al primer movimiento.
-En identificar a los terneros, machos y hembras, con un dispositivo de identificación en la oreja izquierda (caravana tarjeta) y un dispositivo de seguridad en la derecha (caravana botón-botón), cualquiera sea su destino, consumo o mercado de exportación.
-La identificación del rodeo vacuno hace más efectiva la ejecución de los planes sanitarios. Es decir, ofrece garantías acerca de las condiciones sanitarias, mejorando el rastreo epidemiológico ante la posible aparición de cualquier enfermedad del ganado. Asimismo, actualiza y mejora la información con la que cuenta el Senasa y sienta las bases para la creación de un sistema de trazabilidad a escala país.
-Sí, pero solamente debe identificar a los animales. No llevará registros en el establecimiento ni comunicará los códigos de las caravanas al solicitar el Documento de Tránsito Animal (DTA).
-No necesariamente.
-En el momento que el productor lo decida y siempre que cumpla con las la normativa.
-El productor.
-Sí, pero el responsable siempre es el productor.
-No, sólo los terneros y terneras antes del primer movimiento, ya que a partir de enero del 2007 esta categoría debe moverse caravaneada.
-No, dado que quedarán identificadas a partir del crecimiento de los terneros
-Al destete o previo a su traslado.
-Amarillo para los terneros que están en la zona de vacunación contra la fiebre aftosa; verde para los terneros de los establecimientos ubicados en la zona sin vacunación contra la fiebre aftosa; celeste para los animales a reidentificar; y rojo para los animales importados.
-El Senasa.
-Sí, son diferentes. Para disminuir pérdidas y roturas deben producirse según parámetros de calidad establecidos por la resolución Senasa 754/2006 y estar certificadas por el Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI). Es decir, el dispositivo de identificación (caravanas) debe cumplir con ciertas condiciones mínimas de calidad.
-Sí, todos los terneros, cualquiera sea su destino, deben estar identificados.
- Dejarlos con la identificación que tienen
-Se las puede utilizar. Es necesario recordar que no puede moverse terneros sin identificación. En la próxima compra adquirir nuevas caravanas.
-El productor debe concurrir a la oficina local de su jurisdicción y actualizar los datos del Renspa. Como resultado del trámite se le entregarán una credencial. Se trata de una gestión personal del propietario de la hacienda o de un apoderado legalmente autorizado.
-Es el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios, en el que por medio de un código se asocia el productor agropecuario con el campo donde realiza su actividad. El Renspa tiene datos del establecimiento, del productor, de la actividad que allí realiza y de los animales que posee.
-Es la Clave única de Identificación Ganadera que identifica individualmente a los productores pecuarios tenedores de ganado bovino del país. Esta clave asocia el productor con el establecimiento y cada animal desde el momento de su nacimiento, destete o primer movimiento. Consta en la credencial. Al comprar las caravanas, el productor deberá presentar ese número ya que la Cuig forma parte de la identificación individual del animal.
-Nombre del titular y documento, establecimiento, número de Renspa, número de CUIG, código verificador, fecha de inscripción, provincia y partido.
-Esta credencial permite comprar las caravanas en las empresas registradas por el Senasa y es necesaria para emitir el DTA y cualquier gestión que el productor realice ante el Senasa.
-Ambas caravanas (tarjeta y botón-botón) llevan impresa la Clave Única de Identificación Ganadera.
-El productor debe recurrir, con la credencial, a un fabricante o distribuidor registrado por el Servicio.
-Que se entreguen de a pares (tarjeta y botón-botón) junto con la Planilla de Inscripción de Bovinos con los números correspondientes a las caravanas impresas.

-Identificar los animales que correspondan.
-No. Al caravanear el productor solo tiene que completar o tachar los datos de la planilla.
-Entregar el original a la oficina local correspondiente y archivar el duplicado sellado y firmado en el establecimiento.
-Para denunciar los nacimientos y de esa manera actualizar el stock ante el Senasa.
-No, el DTA sigue siendo igual. Para su emisión el productor debe presentar la credencial.
-El invernador adquiere terneros ya identificados con caravanas amarillas o verdes, según el origen. Sin embargo, si algún animal pierde sus caravanas originales, el invernador deberá reidentificarlo con caravanas de color celeste y de a pares (tarjeta y botón-botón).
-Reidentificar a los animales que la hayan extraviado.
-No. Hay que comprar las caravanas de color celeste.
-Por la pérdida de alguno de los sistemas de identificación del animal (tarjeta o botón-botón). En este caso, extraer la caravana que queda y colocar caravanas de color celeste (tarjeta y botón-botón), de manera que ambas orejas queden identificadas con caravanas de ese color. Estas caravanas se adquieren de la misma manera que las amarillas.
-Guardarla y posteriormente presentarla en la oficina local del Senasa junto con la planilla de reidentificación de bovinos en la que se comunica la reidentificación del animal o los animales. Conservar la copia sellada y firmada en el establecimiento como resguardo.
-Esta situación puede generar una inspección para corroborar los datos denunciados
-Si, una vez caravaneado el animal, esa identificación no podrá pasar a otro animal.
-No. Al identificar los terneros al destete o al primer movimiento, el productor debe contar con las nuevas caravanas (de color verde o amarillo) y presentar en la oficina local el original de la Planilla de Identificación Bovina, cuya copia sellada y firmada conservará en su establecimiento.
-La misma de siempre y la credencial.
Más información en:
♦ 0800-999-2386
♦ En las oficinas locales de Senasa de todo el país.
♦
identificacion@senasa.gov.ar
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